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AQUI VA LA COLUMNA IZQUIERDA

>>Nueva normativa en Prevención de Lavado de Activos




En el día de ayer asistimos a una reunión celebrada en la Cámara de Prestadores de Servicios, a los cuales agradecemos la invitación, donde la Oficial del cumplimiento del IPLIC, Mariana Uría  y su equipo brindó una charla sobre la nueva normativa, sugerimos leer la nota completa para no tener que abonar multas por los incumplimientos que se puedan llegar a suceder a partir de la entrada en vigencia de la resolución 746 del IPLIC. Para consultas relacionadas con la materia, el teléfono de contacto es el 0221 412 1191.

 INFORMACIÓN PARA AGENCIAS OFICIALES

Desde el 01 de Julio y hasta el 31 de diciembre de 2024, al momento de pagar premios iguales o superiores a $3.514.726,80, usted deberá:

  • 1º: Previo al pago del correspondiente premio, se deberá verificar en la página https://repet.jus.gob.ar , si el apostador tiene algún tipo de impedimento para obtener el pago; en caso que dicha búsqueda resulte positiva se suspenderá el pago del premio, debiendo informar inmediatamente a la Oficina de Prevención de Lavado, vía e-mail a pla@loteria.gba.gov.ar y al 0221 412-1191.

  • Dentro de las 24 hs. hábiles abonado el premio deberá enviar un mail a pla@loteria.gba.gov.ar con el formulario Anexo I Agencias completo y suscripto por cliente y responsable de la agencia.
  • Los agentes oficiales contarán con cinco (5) días hábiles, una vez abonado el premio, para presentar en soporte papel en la Oficina de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, en SOBRE CERRADO, la siguiente documentación:

a) Formulario Anexo I Agencias
b) Copia del documento de identificación
c) Copia del ticket de la apuesta
d) Copia del ticket de validación

Toda la documentación detallada que no sea original, deberá estar debidamente certificada por el permisionario oficial, con la leyenda “es copia”, su firma y sello. La documentación debe ser enviada en sobre cerrado al siguiente destinatario: Oficina Prevención de Lavado de Activos- Instituto Provincial de Lotería y Casinos- Segundo Piso, Calle 46 Nº 581 entre 6 y 7 - (1900) LA PLATA.


Para que le quede una constancia de haber cumplido, recomendamos presentar un juego de fotocopias de la documentación referida en el punto 3, la cual será devuelta con constancia de recepción.

Recuerde que la UIF (Unidad de Información Financiera) PROHIBE EL PAGO DE PREMIOS en el caso que el cliente no firme el formulario o no presente toda la información requerida.-